martes, 11 de agosto de 2015

CONSTANCIAS

Los formularios correspondientes se pueden descargar del link ARCHIVOS , los cuales una vez completos deberán  presentarse en la secretaría de la escuela para su firma. Recuerde que los mismos se encuentran en la fotocopiadora de la escuela en formato papel.

miércoles, 29 de julio de 2015

MALTRATO INFANTIL: ORIENTACIONES PARA ACTUAR DESDE LA ESCUELA

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MODIFICACIONES DEL ESTATUTO DOCENTE

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MODELOS DE NOTAS

MODELOS DE NOTA PARA:

1- SOLICITUD DE LICENCIA ART. 71º MAYOR JERARQUÍA

2- SOLICITUD DE LICENCIA ART. 70º J SIN SUELDO

3- SOLICITUD DE LICENCIA ART. 70º CH SIN SUELDO

4- NOTA DE RENUNCIA

PARA ACCEDER A LOS MODELOS DE NOTAS REFERIDOS DEBERÁ IR A ARCHIVOS (EN LA CARPETA DE ARCHIVOS PARA DESCARGAR).

NORMATIVA PARA PEDIDOS MÉDICOS

Decreto 7580/MCBA/81

C.  PARA EL AGENTE :

SITUACIÓN (19) : AGENTE QUE PUEDE DEAMBULAR Y DECIDE TRAMITAR SU LICENCIA EL MISMO DÍA DE AUSENCIA

19) Si el agente enfermara antes de hacerse cargo de sus funciones habituales y se encontrara en condiciones de ambular deberá solicitar formulario para solicitud de licencia médica personalmente y dentro de la primera hora de su jornada de trabajo, en el Área de Personal de su Repartición, para presentarse en los consultorios de la Dirección Reconocimiento Médico, debiendo concurrir indefectiblemente con su documento de identidad.
Deberá  presentar el certificado médico donde conste fecha de atención, alta, diagnóstico.

Se hace presente que el formulario de solicitud de licencia médica es un documento para uso exclusivammente personal del agente solicitante y válido únicamente durante el día de su emisión.

SITUACIÓN (20) : AGENTE QUE PIDE MÉDICO A DOMICILIO

20) Cuando la enfermedad impidiera al agente abandonar su domicilio, lo comunicará al Área de Personal de la Repartición, también dentro de la primera hora de su jornada de trabajo del día en que comenzare a faltar a sus tareas. En su defecto no se justificacá la inasistencia correspondiente a ese día.
Deberá  presentar el certificado médico donde conste fecha de atención, alta, diagnóstico.

SITUACIÓN (21) : CUANDO EL MÉDICO NO ASISTE AL DOMICILIO

21)  El agente que se encuentre fuera del radio establecido para el reconocimiento médico a domicilio, o el que estando dentro de él se encuentre en condiciones de reintegrarse al servicio sin haber recibido la visita del médico de la Dirección de Reconocimiento Médico, deberá concurrir para su reconocimiento a los Consultorios Centrales, el mismo día que se reintegre a sus tareas, munido del talón auxiliar de la solicitud de licencia médica retirado en su repartición y certificado médico donde conste fecha de atención, alta, diagnóstico y demás elementos de juicio médico que hagan a la documentación de su enfermedad.

EN CASO DE QUE UN FAMILIAR ASISTA A RECONOCIMIENTO MÉDICO PARA JUSTIFICAR POR LICENCIA MÉDICA LA AUSENCIA DEL AGENTE, DEBERÁ CONCURRIR CON UN CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA ADEMÁS DE LOS CERTIFICADOS MÉDICOS CORRESPONDIENTES, Y DEL TALÓN AUXILIAR DE LA SOLICITUD DE LICENCIA MÉDICA RETIRADA EN SU REPARTICIÓN.

SITUACIÓN (22) : PEDIDO MÉDICO CUANDO EL AGENTE SE ENCUENTRA FUERA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PERO DENTRO DEL PAÍS

22) Si se solicita licencia por enfermedad con domicilio accidental en el interior del país, el agente deberá seguir el siguiente procedimiento:

a- La enfermedad debe ser denunciada al lugar de trabajo por telegrama el primer día de ausencia, indicando nombre y apellido, número de ficha y domicilio donde se encuentra

b- A su regreso deberá cumplimentar lo expuesto en el punto 21, agregando además para documentar su enfermedad certificados avalados por autoridad sanitaria nacional, provincial o municipal del lugar de residencia accidental con indicación expresa de las fechas de atención, alta, diagnóstico y demás elementos de juicio médico que hagan a la misma.

c- Si no existiera autoridad sanitaria y fuera asistido por médico particular, la firma del mismo deberá ser certificada por la autoridad policial del lugar, la que además dejará constancia de dicha circunstancia. 

d- Se presentará certificación policial de la residencia accidental en el lugar

SITUACIÓN (23) : PEDIDO MÉDICO CUANDO EL AGENTE SE ENCUENTRA FUERA   DEL PAÍS

23) Cuando se trate de una solicitud en el exterior del país, el agente deberá comunicarlo a su repartición en el primer día mediante telegrama con los siguientes datos: nombre y apellido, ficha municipal y domicilio en el cual se encuentra enfermo. A su regreso deberá documentar su afección con certificado médico donde conste: diagnóstico, evolución, estudios realizados y tratamiento efectuado, todo esto avalado por el Consulado Argentino del país en cuestión.

24) La Dirección de Reconocimiento Médico se reserva el derecho de controlar la evolución de la enfermedad del agente, por lo que el mismo deberá permanecer en el domicilio denunciado en las condiciones de reposo que correspondan a su caso. El incumplimiento de las condiciones enunciadas será motivo suficiente para denegar la justificación de las inasistencias o la interrupción de la licencia otorgada de no resultar satisfactorias las causas que motivaron su ausencia.

25) En caso que la Dirección de Reconocimiento Médico cite algún agente por causa médica, su comparecencia la requerirá por intermedio del área de personal de la Repartición a que éste pertenece. El lapso de su ausencia será justificadacon un comprobante expedido por la Dirección de Reconocimiento Médico.

PROTOCOLOS CERTIFICADOS MÉDICOS
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